Convocatoria de 219 becas complementarias a las del programa Erasmus + o a las de otros programas de movilidad internacional para el curso 2016-2017.
Estas becas tienen como objetivo convertirse en una ayuda extra para poder llevar a cabo estudios universitarios en instituciones europeas de Educación Superior de países acogidos al Programa Erasmus+ o en instituciones participantes en alguno de los programas de movilidad que se detallan en el anexo de la convocatoria oficial cuyo enlace vas a encontrar un poco más abajo.
Para poder acceder a este programa se establecen los siguientes requisitos:
- Estar matriculado en el curso 2016/2017 en la Universidad de Zaragoza o en la Universidad San Jorge.
- Ser beneficiario de una ayuda económica básica de las becas de movilidad del programa Erasmus+ en su modalidad de formación para estudios durante el curso académico 2016/2017, o de otras ayudas que estén financiadas por las instituciones que participan en estos programas de movilidad internacional.
- Tener vecindad administrativa en cualquier municipio de Aragón.
- El nivel de renta de su unidad familiar no deberá superar los umbrales establecidos en la convocatoria.
- El rendimiento académico no puede ser menor de 4 y durante el curso académico 2016/2017 se tendrán que tener por lo menos 18 créditos aprobados.
Los criterios de valoración para la concesión de las becas son los siguientes:
- La renta de la unidad familiar del solicitante.
- El rendimiento académico del aspirante, teniendo en cuenta las calificaciones del último año académico finalizado de estudios universitarios oficiales.
- En caso de empate en la valoración por rendimiento académico la beca se fallará a favor de la persona que tenga una unidad familiar con menor nivel de renta.
El formulario de solicitud se puede descargar en la sede electrónica del Departamento de Innovación, Investigación y Universidad del Gobierno de Aragón. El plazo de presentación de las candidaturas concluye el próximo 23 de agosto y se deben presentar a través del Registro General del Gobierno de Aragón o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común o ley que la sustituya o en el Registro Telemático del Gobierno de Aragón.